Términos y Condiciones

PRIMERA. – OBJETO DEL CONTRATO: El ARRENDADOR da en arrendamiento al ARRENDATARIO, el Equipo Móvil detallado en la caratula de este contrato en los términos y condiciones que en el presente contrato se establecen. Para lo anterior, el ARRENDATARIO autoriza al ARRENDADOR a realizar la investigación crediticia correspondiente y se obliga a firmar la Carta Consentimiento y Aceptación delCliente (Anexo 1) a favor del ARRENDADOR. Por su parte el ARRENDATARIO reconoce y está de acuerdo en lo aquí estipulado, obligándose a pagar las cantidades detalladas en la cláusula segunda del presente contrato.

SEGUNDA. - APLICACIÓN DE PAGOS: El ARRENDATARIO se obliga a pagar al ARRENDADOR las siguientes cantidades:
 
a)      El pago inicial señalado en la caratula del contrato, cantidad que será cubierta por el ARRENDATARIO al momento de la firma del presente contrato.
b)      La totalidad de los pagos señalados en la caratula de este contrato por concepto de Renta semanal, por el plazo de arrendamiento, en términos de lo dispuesto en el artículo 2464 del Código Civil Federal y delCódigo Civil para el Distrito Federal y artículos correlativos en los CódigosCiviles de las demás subdivisiones políticas de los Estados Unidos Mexicanos. Se considerará que la cantidad de la renta total es la suma de los pagos de Renta que deba efectuar el ARRENDATARIO durante el plazo del arrendamiento (la “Renta Total”).

TERCERA. – FECHA Y LUGAR DE PAGO: Ambas partes convienen que los pagos serán realizados en los días descritos en la caratula del contrato hasta que la totalidad de los pagos sean efectuados por el ARRENDATARIO, sin que el ARRENDATARIO pueda efectuar deducción alguna de la Renta Total, aún en el caso de que el ARRENDATARIO no haya hecho uso delEquipo móvil durante alguna o más porciones del tiempo fijo del arrendamiento. 

Para efectos dela aplicación de las Rentas del ARRENDATARIO en favor de el ARRENDADOR, deberá estarse a lo previsto en la cláusula sexta del presente Contrato. El ARRENDADOR podrá, pero no estará obligado, comunicar al ARRENDATARIO, un estado de cuenta en el que se hagan constar los cargos y abonos que correspondan a los movimientos realizados en el período de que se trate. Las partes convienen que los datos y cifras que aparezcan en los mencionados estados de cuenta tendrán carácter meramente informativo, como una atención y servicio que el ARRENDADOR podrá proporcionar al ARRENDATARIO, la cual deberá cubrir el importe establecido en dichos estados de cuenta como saldo actual en los términos de este Contrato.

CUARTA. – MEDIOS Y FORMAS DE PAGO: El ARRENDATARIO conviene en realizar los pagos de la Renta en los términos descritos en la caratula del contrato y a través de cualquiera de los medios autorizados y comunicados por el ARRENDADORa través de su portal www.estrenaz-cel.com. Si la totalidad o una parte de un pago no se realiza en el día estipulado en la caratula del contrato, el EquipoMóvil será bloqueado automáticamente por el Sistema del ARRENDADOR., tal como se describe con mayor detalle en LA CLAUSULA OCTAVA. - BLOQUEO DEL EQUIPO MÓVIL., la cual el ARRENDATARIO manifestó conocer al momento de la firma de la CartaConsentimiento y Aceptación del Cliente (Anexo 1).  El ARRENDATARIO reconoce y acepta que no podrá utilizar el Equipo Móvil y que permanecerá bloqueado hasta que el ARRENDATARIO este al corriente con sus pagos.

El ARRENDATARIO reconoce y conviene que el ARRENDADOR, a través de personal que labore para la empresa del ARRENDADOR tendrá el derecho de instalar el software antes mencionado en el Equipo Móvil que será entregado en arrendamiento, a efecto de que éste pueda ser bloqueado para uso del ARRENDATARIO, por parte del ARRENDADOR en caso de existir un atraso o adeudo en el pago por parte del ARRENDATARIO.

QUINTA. – EMISIÓN DE RECIBOS DE PAGO SEMANAL: Ambas partes acuerdan que el ARRENDADOR emitir áun recibo a favor del ARRENDATARIO por cada cobro realizado.

SEXTA. – PAGO TARDÍO: El ARRENDADOR y el ARRENDATARIO acuerdan la aplicación de un pago de $ 20.00 pesos (IVAIncluido) que deberá de cubrir el ARRENDATARIO por concepto de Pago Tardío. Se considera Pago Tardío, el pago semanal realizado después del día descrito en la caratula del contrato. El Pago Tardío será aplicado tantas veces como semanas de retraso acumule el ARRENDATARIO para cada pago semanal.  

Dicha cantidad se generará hasta en tanto el ARRENDATARIO no realice el pago de la Renta o Rentas no no pagadas o, en su caso, del pago de la totalidad de las rentas no pagadas en el día correspondiente.Asimismo, las partes acuerdan que si el ARRENDATARIO realiza el pago de la(s) Renta(s) que se había(n) incumplido, se habilitará el Equipo Móvil para su uso en un período de tiempo no mayor a 24 horas.

SÉPTIMA. – PAGOS ANTICIPADOS Y ADELANTADOS: Pagos Anticipados: El ARRENDATARIO podrá efectuar en cualquier tiempo pagos anticipados aplicados en forma parcial o total a los pagos con fecha de vencimiento futura descritos en la sección de pagos, siempre que esté al corriente en los pagos exigibles de conformidad con lo estipulado en el presente contrato ya sea por un importe igual, mayor o menor al pago que debe realizarse en el período correspondiente. Cada vez que el ARRENDATARIO efectúe un pago anticipado, el ARRENDADOR deberá entregarle un comprobante de dicho pago. Tratándose de pagos anticipados por un importe igual al saldo total del adeudo, el ARRENDADOR además del comprobante de pago, deberá entregar al ARRENDATARIO el finiquito y demás documentación correspondiente.

Pagos Adelantados: El ARRENDATARIO podrá efectuar pagos que aún no sean exigibles con el fin de que el ARRENDADOR los aplique a cubrir pagos periódicos inmediatos siguientes, éstos quedarán como un saldo a favor en la cuenta no reembolsable y se irán aplicando a las Rentas establecidas al inicio del contrato de acuerdo con el vencimiento de cada una de ellas. Cuando el importe del pago sea superior al que deba cubrirse en un período.

OCTAVA. - BLOQUEO DEL DISPOSITIVO MÓVIL: En el evento de que el ARRENDATARIO no cubra oportunamente la suma a que estuviere obligado en los términos del presente contrato, el ARRENDADOR realizará un bloqueo que inhabilitará al ARRENDATARIO el uso del Equipo Móvil objeto del presente contrato. El EquipoMóvil será habilitado nuevamente por parte del ARRENDADOR en un plazo no mayor a 24 horas después de que el ARRENDATARIO cubra el adeudo acumulado (incluido el monto por concepto de Pago Tardío) que se tenga a la fecha.

NOVENA - ESTADOS DE CUENTA: El ARRENDADOR pondrá a disposición del ARRENDATARIO el Estado de Cuenta a través de medios electrónicos, adicionalmente, en cualquier caso, el Estado de Cuenta reflejará las operaciones efectuadas durante el período inmediato anterior a la fecha dela solicitud del ARRENDATARIO, especificando los cargos, abonos, transacciones y operaciones realizadas y, en su caso, las cantidades por concepto de Pago Tardío a la fecha de la solicitud.

DÉCIMA. - CONSULTA DE SALDOS, TRANSACCIONES Y MOVIMIENTOS: El ARRENDATARIO podrá realizar consultas de saldos y movimientos directamente a través de los mecanismos de consulta que el ARRENDADOR pondrá a disposición del ARRENDATARIO.

DÉCIMA PRIMERA. - DEFUNCIÓN DEL ACREDITADO: En caso de defunción del ARRENDATARIO, los familiares o interesados deberán notificar inmediatamente al ARRENDADOR a través de sus teléfonos y medios de los establecidos por el ARRENDADOR. Un representante del ARRENDADOR se pondrá en contacto con la persona interesada a fin de evaluar la opción que mejor convenga a ambas partes.

DÉCIMA SEGUNDA. – ACLARACIONES: En caso de que el ARRENDATARIO tenga alguna aclaración o queja respecto de los movimientos de su estado de cuenta, podrá realizar su aclaración o queja de conformidad con lo siguiente: 
a.       Cuando el ARRENDATARIO no esté de acuerdo con alguno de los movimientos que aparezcan en el estado de cuenta respectivo o en los Medios Electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología que se hubieren pactado, podrá presentar una solicitud de aclaración dentro del plazo de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la Fecha de Corte o, en su caso, de la realización de la operación o del servicio. 
b.       La solicitud respectiva podrá presentarse ante la sucursal del ARRENDADOR, o bien, a través de los medios de contacto establecidos por el ARRENDADOR. 
c.       El ARRENDATARIO tendrá el derecho de objetar el pago efectuado cuya aclaración solicite, así como el de cualquier otra cantidad relacionada con el mismo, hasta en tanto se resuelva la aclaración correspondiente, con independencia de liquidar los subsiguientes pagos a su cargo. 
d.       Una vez recibida la solicitud de aclaración, el ARRENDADOR tendrá un plazo máximo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales para entregar al ARRENDATARIO el dictamen correspondiente, anexando copia simple del documento o evidencia considerada para la emisión de dicho dictamen, con base en la información que, conforme alas disposiciones aplicables, deba obrar en su poder, así como un informe detallado en el que se respondan todos los hechos contenidos en la solicitud presentada por el ARRENDATARIO. Enel caso de reclamaciones relativas a operaciones realizadas en el extranjero, el plazo previsto en este párrafo será hasta de 180 (ciento ochenta) días naturales. 
e.       El dictamen e informe antes referidos deberán formularse por escrito y suscribirse por personal del ARRENDADOR facultado para ello. En el evento de que, conforme al dictamen que emita el ARRENDADOR, resulte procedente el cobro del monto respectivo, el ARRENDATARIO deberá hacer el pago de la cantidad a su cargo, incluyendo los intereses ordinarios conforme a lo pactado. 
f.       Dentro del plazo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales contados a partir de la entrega del dictamen a que se refiere el párrafo anterior, el ARRENDADOR estará obligado a poner a disposición del ARRENDATARIO, el expediente generado con motivo de la solicitud, así como a integrar en éste, bajo su más estricta responsabilidad, toda la documentación  e información que conforme a las disposiciones aplicables deba obrar en su poder y que se relacione directamente con la solicitud de aclaración que corresponda y sin incluir datos correspondientes a operaciones relacionadas con terceras personas. 
g.       Hasta en tanto la solicitud de aclaración de que se trate no quede resuelta de conformidad con el procedimiento señalado en esta cláusula, el ARRENDADOR no podrá reportar como vencidas las cantidades sujetas a dicha aclaración a las Sociedades de Información Crediticia. El procedimiento antes descrito es sin perjuicio del derecho del ARRENDATARIO de acudir ante la PROFECO o ante la autoridad jurisdiccional correspondiente conforme a las disposiciones legales aplicables.Sin embargo, el procedimiento previsto en esta cláusula quedará sin efectos a partir de que el ARRENDATARIO presente su reclamación ante la PROFECO o su demanda ante la autoridad jurisdiccional competente. Para la atención de consultas, reclamaciones y aclaraciones el ARRENDATARIO podrá: Contactar al ARRENDADOR a través de los teléfonos y medios de contacto establecidos por el ARRENDADOR Teléfono Fijo: 4433154560 Teléfono móvil y WHATSAPP: 4431327465Página de internet: www.estrenaz-cel.com Correo Electrónico: contacto@estrenaz-cel.com

DÉCIMA TERCERA. – RIESGOS: El ARRENDATARIO asume el riesgo de:
i) los vicios o defectos ocultos de cada Equipo Móvil que de cualquier forma afecten o impidan su uso parcial o total;
ii) la pérdida o deterioro parcial o total del Equipo Móvil, aunque ésta se realice por caso fortuito o fuerza mayor;
iii) en general, todos los riesgos, pérdidas, robos, menoscabos, destrucción o daños del Equipo Móvil, sea parcial o total. En caso de que se presente cualquiera de las eventualidades señaladas, el ARRENDATARIO no queda liberado del pago de las obligaciones a su cargo conforme a este Contrato y demás instrumentos que de él se deriven, debiendo cubrirlas en la forma convenida, en particular, aquélla relativa al pago total de la Renta estipulada. En este acto el ARRENDATARIO renuncia a cualquier acción o derecho derivados de lo anterior que pudiera ejercitar en contra del ARRENDADOR, obligándose el ARRENDATARIO a sacar en paz y a salvo a el ARRENDADOR, sus directivos, funcionarios y empleados de cualquier reclamación, queja, requerimiento, demanda y/o denuncia que se formule por terceros en contra del ARRENDADOR con motivo del uso de cada Equipo Móvil.

DÉCIMA CUARTA. - MODIFICACIONES: El ARRENDATARIO conviene en no modificar, ni permitir que otros modifiquen el Equipo Móvil de manera que afecte directa o indirectamente al Sistema de Bloqueo del ARRENDADOR.Todo intento de modificar, o cualquier modificación realizada al Equipo que pudiera afectar el funcionamiento pretendido del Sistema de Bloqueo del ARRENDADOR será una causa de rescisión de este Contrato que motivará su Terminación Anticipada, y en el caso de no regresarlo de la forma aquí establecida estará sujeto al pago de los daños y perjuicios que le pudiese causar al mismo. En caso de que el ARRENDADOR detecte un intento de modificación en el Equipo por parte del ARRENDATARIO, el ARRENDADOR podrá bloquearlo y requerir inmediatamente la devolución del Equipo Móvil y, en caso de no hacerlo, el ARRENDADOR podrá dar por rescindido el presente Contrato. El ARRENDATARIO reconoce que cualquier intento, por sí o por terceras personas, de desbloqueo o de alteración no autorizada al funcionamiento del Equipo cuya propiedad se reservó el ARRENDADOR de conformidad con el presente Contrato, constituye un daño en propiedad ajena, conducta ilícita que puede ser objeto de sanción de conformidad con las leyes penales aplicables.

DÉCIMA QUINTA. – TERMINACION ANTICIPADA POR INCUMPLIMIENTO: Se considera que cualquiera de las acciones realizadas por el ARRENDATARIO descritas a continuación serán causa de Terminación anticipada del Contrato de Arrendamiento porIncumplimiento: 
a.       Empeñar o intentar empeñar el Equipo Móvil propiedad del ARRENDADOR
b.       Vender o intentar vender el Equipo Móvil propiedad del ARRENDADOR
c.       Incumplir con el pago de la Renta semanal por más de dos rentas continuas
d.       Intentar modificar el sistema de bloqueo instalado en el Equipo Móvil propiedad del ARRENDADOR.      
En caso de que el ARRENDATARIO incumpla cualquier acuerdo, obligación o declaración aquí mencionada. Cualquier incumplimiento provocará la Terminación Anticipada del presente Contrato, causando la recisión de este sin responsabilidad alguna para el ARRENDADOR (la “Terminación Anticipada”). En virtud de dicha Terminación Anticipada, el ARRENDADOR tiene el derecho a bloquear el Equipo a través del Sistema de Bloqueo del ARRENDADOR, y requerir inmediatamente el pago del precio total adeudado de todas las rentas no pagadas y pendientes de pago hasta ese momento, o bien, la devolución inmediata del Equipo Móvil sin derecho a recuperar ningún pago realizado con anterioridad al ARRENDATARIO, incluidos el Pago Inicial, pago de rentas semanales y pagos por concepto dePago Tardío.

DÉCIMA SEXTA. – TERMINACIÓN: Las partes acuerdan que en términos de lo dispuesto en el artículo 410 y demás relativos de la Ley General deTítulos y Operaciones de Crédito, a la terminación de la vigencia del presenteContrato, siempre y cuando el ARRENDATARIO se encuentre al corriente con la totalidad de las obligaciones que contrajo en favor del ARRENDADOR, el ARRENDATARIO podrá adoptar por la comprar del Equipo Móvil al ARRENDADOR, por un valor de $1.00 M.N. (Un Peso 00/100 Moneda Nacional).

DÉCIMA SÉPTIMA. - CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR: El ARRENDATARIO se obliga a cumplir íntegramente las obligaciones contraídas en el presente contrato, aún en caso fortuito o de fuerza mayor y acepta esta responsabilidad.

DÉCIMA OCTAVA. - GASTOS Y HONORARIOS: Los gastos que en su caso se originen por las gestiones extrajudiciales que deban hacerse para el cumplimiento forzoso de las obligaciones del ARRENDATARIO, serán a su cargo.

DÉCIMA NOVENA. - PROTECCIÓN DATOS PERSONALES Y AVISO DE PRIVACIDAD:  El ARRENDADOR es responsable de los datos personales del ARRENDATARIO, los cuales son tratados con la finalidad de cumplir con las operaciones activas solicitadas por el ARRENDATARIO, así como brindar los productos y servicios que el ARRENDATARIO tenga contratados con el ARRENDADOR, adicionalmente podrá utilizar sus datos personales para comunicarle, en su caso, otros productos y/o servicios que puedan ser de su interés, ofrecidos por el ARRENDADOR, sus subsidiarias, filiales, afiliadas, controladoras o de sociedades con quien mantenga vinculo comercial o de negocios. El ARRENDATARIO manifiesta que ha leído y entendido el Aviso de Privacidad del ARRENDADOR, disponible en el sitio web www.estrenaz-cel.com/aviso-de-privacidad , al cual se sujetará en forma estricta el tratamiento de sus datos personales, de conformidad con lo establecido por la Ley Federal de Protección de DatosPersonales en Posesión de los Particulares y su Reglamento.

VIGÉSIMA. - AUTORIZACIÓN DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN A SOCIEDADES DE INFORMACIÓN CREDITICIA: El ARRENDATARIO autoriza por escrito al ARRENDADOR a través del presente contrato y de la CartaConsentimiento y Aceptación de el Cliente (Anexo 1) , para que por conducto de sus funcionarios facultados lleve a cabo investigaciones sobre su comportamiento e historial crediticio, así como de cualquier otra información de naturaleza análoga en las Sociedades de Información Crediticia que el ARRENDADOR estime conveniente. Asimismo, declara que conoce la naturaleza y alcance de la información que se solicitará del uso que el ARRENDADOR hará de tal información y de que éste podrá realizar consultas periódicas de su historial crediticio, aceptando que esta autorización se encuentre vigente por un período de 3 (tres) años contados a partir de la fecha de su expedición y en todo caso durante el tiempo en que se mantenga la relación jurídica.

VIGÉSIMA PRIMERA. -AUTORIZACIÓN PARA FINES MERCADOTÉCNICOS Y PUBLICITARIOS: Con la firma del presente contrato, el ARRENDATARIO autoriza, en su caso, expresamente al ARRENDADOR para que toda su información personal, financiera, etcétera, sea utilizada con fines mercadotécnicos y publicitarios, así como para recibir publicidad del ARRENDADOR. Asimismo, manifiesta que conoce y se encuentra de acuerdo en que la autorización otorgada por virtud del presente contrato, relacionada con la posibilidad de que exista intercambio de información para fines mercadotécnicos o publicitarios, es revocable y por lo tanto, puede modificarse, para lo cual el ARRENDADOR le ha informado que deberá comunicarlo a través del correo electrónico contacto@estrenaz-cel.com

VIGÉSIMA SEGUNDA. - CESIÓN DE DERECHOS: El ARRENDATARIO faculta de manera expresa al ARRENDADOR para ceder, descontar o negociar en cualquier momento el presente contrato ante cualquier persona física o moral uInstitución de Crédito del país o del extranjero. Por su parte, el ARRENDATARIO estará impedido de ceder los derechos derivados del presente contrato, a menos que se le notifique dicha determinación por escrito al ARRENDADOR y este otorgue su consentimiento por escrito.

VIGÉSIMA TERCERA. -CONSENTIMIENTO Y FORMALIZACIÓN: Para todos los efectos administrativos y legales a que haya lugar, el ARRENDATARIO, otorga su consentimiento expreso con respecto a la aceptación de los términos y condiciones, suscripción y formalización del presente contrato, de la Carátula, y Anexos que se emitan al amparo del mismo, mediante su firma autógrafa, sea ésta estampada en papel o digitalmente asociada a un Mensaje de Datos, huella dactilar o digital y/o a través de otrosMedios de Autenticación y Medios Electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología que las leyes y disposiciones reconozcan y que el ARRENDADOR ponga a su disposición. No obstante lo anterior, el ARRENDATARIO, confirmas u aceptación con respecto a los términos y condiciones del presente contrato, al acceder a los Sistemas del ARRENDADORy operar las señales de aceptación relativas a la celebración y formalización del presente contrato, así como de los documentos que se emitan al amparo del mismo, por lo que el ARRENDATARIO manifiesta que no existió dolo, error, lesión o algún otro vicio en el consentimiento que pudieran invalidarlos, por lo que conjuntamente con la Carátula, y/o demás documentos que se emitan al amparo del mismo, harán prueba plena en juicio, en virtud de que el proceso de originación establecido para tal efecto, se encuentra asociado a requisitos de seguridad otorgados por el ARRENDADOR al ARRENDATARIO, ejecutados por éste a través de los Sistemas y del uso de Dispositivos deAcceso, bajo un entorno de identificación, certeza y fiabilidad legalmente previstos por la ley, por lo que, el ARRENDADORy el ARRENDATARIO, convienen y aceptan en que su valor probatorio, autenticidad e inalterabilidad será equivalente a los documentos que se suscriban en papel.El ARRENDADOR proporcionará al ARRENDATARIO al momento de la firma del presente contrato, un ejemplar del clausulado, de la Carátula, Anexo de Pagos, CartaConsentimiento y Aceptación de Cliente a través de cualquiera de los siguientes medios: a.     Portal oficial de ESTRENAZ-CEL: www.estrenaz-cel.comb.     Envío al correo electrónico que el ARRENDATARIO haya dado de alta ante el ARRENDADORc.     En la sucursal en que se hubiera formalizado el contrato de arrendamiento

VIGÉSIMA CUARTA. - TÍTULO DELAS CLÁUSULAS: Los títulos con los que se denomina a cada una de las cláusulas que aparecen en el presente contrato, se han puesto con el exclusivo propósito de facilitar su lectura, por tanto, no necesariamente definen ni limitan el contenido de estas. Para efectos de interpretación de cada cláusula deberá atenderse exclusivamente a su contenido, y de ninguna manera a su título.

VIGÉSIMA QUINTA. -DOMICILIOS, AVISOS Y NOTIFICACIONES: El ARRENDATARIO acepta que cualquier aviso podrá realizarse por escrito o a través de cualquierMedio Electrónico, de cómputo o tele-comunicativo derivado de la ciencia ytecnología. Entre los Medios Electrónicos las partes reconocen el correo electrónico. Las partes están de acuerdo en que las notificaciones se podrán hacer cualquier día del año, pudiéndose entender la notificación con cualquier persona que habite en el domicilio señalado por el ARRENDATARIO en la carátula del presente contrato, con el único requisito de que no tenga impedimento legal para recibir tal notificación. Cualquiera de las partes está obligado a notificar a las demás el cambio de domicilio que tuvieren y en caso de no hacerlo, los avisos y notificaciones que dirijan al último domicilio indicado surtirán plenamente todos los efectos legales a que haya lugar. Mientras las partes no se notifiquen por escrito un cambio de domicilio, cuando menos con 10 (diez) Días Hábiles de anticipación, los avisos, notificaciones y demás diligencias judiciales y extrajudiciales que se hagan en los domicilios indicados, surtirán plenamente sus efectos. El ARRENDADOR señala como su domicilio el ubicado en c. Manuel dela Peña y Peña, Col. Chapultepec Norte, Morelia Michoacán. C.P. 58260. ElAcreditado podrá consultar las redes sociales que el ARRENDADOR mantiene activas en su Portal oficial: www.estrenaz-cel.com

VIGÉSIMA SEXTA. -LEGISLACIÓN, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: El presente contrato se regirá e interpretará de conformidad con las leyes mercantiles aplicables de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo, y en caso de controversia, las partes se someten irrevocablemente a la jurisdicción de los Tribunales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles debido a sus domicilios presentes o futuros.

VIGÉSIMA SÉPTIMA. - ANEXO 1CARTA DE CONSENTIMIENTO Y ACEPTACIÓN: El ARRENDATARIO acepta leer y firmar de forma física y/o digital la carta de consentimiento y aceptación incluida como Anexo 1 al contrato de arrendamiento la cual forma parte del presente contrato, el anexo incluye una descripción de los términos y condiciones, así como el consentimiento para efectos de los descrito en la cláusula VIGESIMA

VIGÉSIMA OCTAVA. – FIRMA DE PAGARÉ: El ARRENDATARIO acepta que deberá de firmar un PAGARÉ a favor del ARRENDADOR por la cantidad de $3,000.00 (tres mil pesos 00/100MN) como garantía de pago. Dicho pagaré será suscrito en la localidad donde sea recibido el equipo móvil objeto del presente contrato. Mediante dicho pagaré, el ARRENDATARIO se obliga incondicionalmente a pagar al ARRENDADOR en el domicilio que se le requiera, la cantidad antes mencionada en caso de el incumplimiento del presente contrato descrito en la cáusala VIGESIMA QUINTA, así como los gastos en los que se incurra según lo previsto en la cláusula DECIMA OCTAVA, lo cual da derecho al ARRENDADOR a exigir por las vías legales que mejor le convengan. Ambas partes acuerdan que dicho pagaré sólo perderá su ejecutividad mediante su destrucción que podrá ocurrir: cuando a
) el ARRENDATARIO cumpla con sus obligaciones,
b) en caso de liquidación del monto total consignado en este contrato,
c) en caso de sustitución por un nuevo documento por razones de reestructuración, en virtud de un nuevo plan de pago que acuerden ambas partes

VIGÉSIMA NOVENA. – GARANTÍA: E En caso que durante la vigencia del presente Contrato elEquipo móvil sufra desperfectos que no hubieren sido provocados por golpes o uso inadecuado de parte del ARRENDATARIO, es decir, se trate de un “Defecto de Fabricación”, el ARRENDATARIO deberá presentar físicamente el Equipo móvil en la sucursal Estrenaz-Cel de su conveniencia, donde será informado del procedimiento para hacer efectiva efectiva la garantía la cual será valida por un plazo de 90 días contados a partir de la firma del presente Contrato, y será ofrecida directamente por el Fabricante del Equipo, en caso de que sea aplicable. El ARRENDATARIO deberá hacer valida la garantía, valida por un plazo de 90 días contados a partir de la firma del presente Contrato, directamente en la misma sucursal donde será atendido. En el caso de no obtener respuesta satisfactoria durante la vigencia de la garantía establecida, podrá ponerse en contacto con ESTRENAZ-CEL SAPI DE CV, a través de los medios de contacto incluidos en el portal www.estrenaz-cel.com para que le sea indicado del procedimiento a seguir para su reparación. El ARRENDATARIO reconoce que dicha garantía no se podrá hacer efectiva en cualquier otro lugar distinto a los establecidos por ESTRENAZ-CEL, SAPI DE CV. El ARRENDADOR podrá apoyar al ARRENDATARIO con la garantía, valida por un plazo de 90 días contados a partir de la firma del presente Contrato, del Equipo móvil únicamente en los casos en los que el proveedor del equipo móvil a quien le fuera adquirido haga válida la garantía, en casos contrario, el ARRENDADOR se deslinda de toda responsabilidad.

TRIGÉSIMA. – SEGURO POR ROBO Y DAÑOS: En caso de robo o daños, el ARRENDATARIO podrá solicitar un Seguro para el reemplazo del Equipo Móvil de igual valor, o superior en caso de no contar con existencias, siempre y cuando el ARRENDATARIO cumpla con las siguientes condiciones: 
a.      Estar al corriente en el pago de sus rentas semanales
b.      Haber pagado al menos la mitad de la totalidad delas rentas semanales establecidas en la caratula del presente contrato
c.      Pagar el 50% del precio de contado actual del Equipo móvil descrito en la caratula del presente contrato, o bien del equipo móvil con el precio inmediato superior en caso de no contar con existencias. Leído que fue el presente contrato por las partes, explicado su contenido por parte del ARRENDADOR al ARRENDATARIO y enteradas las partes de su contenido y alcance legal, manifiestan que el mismo contiene la libre expresión de su voluntad y queno tiene vicios de consentimiento que pudiera invalidarlo, en consecuencia lo firman por duplicado quedando un ejemplar en poder del ARRENDADOR y siendo entregado en este acto un ejemplar al ARRENDATARIO.

ANEXO 1 CARTA DE CONSENTIMIENTO Y ACEPTACIÓN DEL CLIENTE 
1.- ASEGURO a ESTRENAZ-CEL SAPI de CV que soy la persona que aparece en la credencial INE que he presentado y que es mi voluntad adquirir en arrendamiento de buena fe un dispositivo móvil el cual, en caso de ser autorizado, me COMPROMETO a pagar semanalmente de acuerdo con el plazo y cantidad estipulado en el contrato que firmaré de forma digital. 
2.- RECONOZCO que, el dispositivo móvil que estoy recibiendo es propiedad de ESTRENAZ-CEL SAPI de CV. 
3.- ENTIENDO los diferentes medios y facilidades que ESTRENAZ-CEL SAPIDE CV pone a mi disposición para realizar los pagos semanales. 
4.- Me COMPROMETO a realizar puntualmente los pagos semanales y en caso de no hacerlo, ACEPTO que, el equipo sea bloqueado hasta en tanto no realice el pago del monto adeudado. 
5.- ACEPTO pagar la cantidad de $20.00 (veinte pesos 00/100) semanales por concepto de pago tardío de la renta semanal en caso de no realizar el pago en tiempo y forma. 
6.- RECONOZCO que el intento de EMPEÑAR (En cualquier casa de empeño o empresa de préstamos, con las cuales tenemos alianza) o VENDER (A través de la detección en redes sociales o portales de venta) el dispositivo, constituye una TENTATIVA DE FRAUDE y representa un incumplimiento al contrato que he firmado de forma digital por lo que ACEPTO que el dispositivo sea inmediata y definitivamente bloqueado DEJÁNDOLO INUTILIZABLE Y SIN VALOR COMERCIAL. 
7.- RECONOZCO que el dejar de cumplir con los pagos semanales representa un incumplimiento al contrato que he firmado de forma digital por lo que ACEPTO que el dispositivo sea inmediata y definitivamente bloqueado DEJÁNDOLO INUTILIZABLE Y SIN VALOR COMERCIAL. 
8.- AUTORIZO a ESTRENAZ-CEL SAPI DE CV para que, en el caso de tentativa de fraude (punto 7) o incumplimiento PROCEDA LEGALMENTE EN MI CONTRAY EJECUTE EL COBRO DEL PAGARÉ. 
9.- AUTORIZO a ESTRENAZ-CEL SAPI DE CV para que en el caso de tentativa de fraude o incumplimiento REPORTE esta situación a cualquier otro otorgante de crédito o empresa evaluador a de crédito para que MI NOMBRE QUEDE IMPOSIBILITADO DE ADQUIRIR UN NUEVO CRÉDITO EN CUALQUIER OTRO COMERCIO(COPPEL, ELEKTRA, DON BODEGON, BBB, TIENDAS DE VENTAS DE CELUALRES, Entre otros). 
10.- Autorización para solicitar Reportes de Crédito Por este conducto autorizo expresamente a ESTRENAZ-CEL SAPI DE CV, para que por conducto de sus funcionarios facultados lleve a caboInvestigaciones, sobre mi comportamiento Crediticio en las Sociedades deInformación Crediticia que estime conveniente. Así mismo, declaro que conozco la naturaleza y alcance de la información que se solicitará, del uso que ESTRENAZ-CEL SAPI DE CV hará de tal información y de que ésta podrá realizar consultas periódicas de mi historial crediticio, consintiendo que esta autorización se encuentre vigente por un período de 3 años contados a partir dela fecha de su expedición y en todo caso durante el tiempo que mantengamos relación jurídica. Estoy consciente y acepto que este documento quede bajo propiedad de (ESTRENAZ-CEL SAPI DE CV y/o Sociedad de Información CrediticiaConsultada) para efectos de control y cumplimiento del artículo 28 de la Ley para Regular a Las Sociedades de Información Crediticia.    

Nombre del Cliente Persona Física:                                                
Apellido Paterno ________________________________________
Apellido Materno_______________________________ 
Nombres: _____________________________________________ 
Fecha de Consulta: ___________/_________/_________
Folio de Consulta:_____________________________________ 
Firma del Cliente: _____________________________